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¿Cuánto dura una deuda registrada en el Veraz?

Cuánto tiempo permanece registrada una deuda en el Veraz según la Ley 25.326: hasta 5 años por incumplimiento o 2 años desde que la cancelás, con un ejemplo.

Publicado el 2 de julio de 2026, 15:09 hs

Una de las dudas más frecuentes cuando alguien regulariza una deuda atrasada es esta: "ya pagué, ¿por qué sigo apareciendo?". La respuesta tiene que ver con plazos concretos que fija la Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales, y que no dependen de la buena voluntad de ninguna entidad: son un marco legal que define cuánto tiempo puede conservarse un dato negativo, y qué pasa una vez que se cumple ese plazo.

Puntos clave

  • La regla general es que un dato negativo puede conservarse hasta 5 años desde que se constató el incumplimiento.
  • Si la deuda se cancela, el plazo se reduce a 2 años contados desde la fecha exacta de esa cancelación.
  • Pagar no borra el dato al instante: lo que cambia es el plazo total de conservación, no la eliminación inmediata.
  • Los datos de cumplimiento sin mora (pagos en tiempo y forma) no tienen plazo de eliminación: se conservan como historial positivo.
  • Pasado el plazo que corresponda, existe el derecho a exigir la supresión del dato negativo.

El principio general: hasta 5 años desde el incumplimiento

La Ley 25.326 establece que los datos personales relevantes para evaluar la solvencia económico-financiera de una persona solo pueden archivarse, registrarse o cederse durante los últimos cinco años. Ese plazo no se cuenta desde que se originó la deuda, sino desde la fecha de la última información adversa archivada que revele que la deuda era exigible. En criollo: el reloj de los 5 años arranca desde que quedó constatado que había una mora vigente, no desde el día en que se firmó el crédito.

Este es el plazo "de máxima": si una deuda nunca se paga ni se regulariza, la información negativa puede conservarse legalmente hasta ese límite de cinco años, y no más allá.

Si pagás, el plazo se reduce a 2 años desde la cancelación

Acá está el punto que más gente pasa por alto. Cuando el deudor cancela o extingue la obligación —es decir, paga lo que debía— y puede acreditarlo, el plazo de conservación del dato negativo se reduce a dos años, contados desde la fecha precisa en que la deuda se extinguió.

Esto significa dos cosas a la vez:

  1. Pagar mejora tu situación futura, porque acorta considerablemente el tiempo que ese dato va a seguir circulando.
  2. Pagar no borra el registro al día siguiente. El dato de que existió una mora sigue conservándose durante ese período de dos años, aunque la deuda ya esté saldada.

Por qué no es un "borrado inmediato"

Hay dos razones que conviene entender para no esperar algo que no va a pasar:

  • Es un plazo de conservación, no un castigo revocable al instante. La ley diseñó este esquema pensando en que el historial de pagos —incluida la mora ya resuelta— es información relevante para evaluar solvencia durante un tiempo razonable, aunque acotado, después de resuelto el problema.
  • Hay un rezago operativo normal. Además del plazo legal, las entidades y los burós actualizan su información con cierta demora administrativa (generalmente de semanas), así que ni siquiera dentro del esquema de "borrado a los 2 años" hay que esperar una actualización instantánea el mismo día del pago.

Un dato a favor: los pagos hechos en tiempo y forma, sin mora, no tienen plazo de eliminación. Ese historial positivo se conserva de manera indefinida y, en los hechos, juega a tu favor cuando alguien evalúa tu comportamiento de pago a futuro.

Un ejemplo ilustrativo de línea de tiempo

Pensemos en un caso hipotético, solo para mostrar cómo se aplican estos plazos (no es un caso real ni representa ninguna operación concreta):

Una persona deja de pagar una deuda en enero de 2023, y esa mora queda informada como información adversa. Si esa deuda nunca se regulariza, el dato negativo podría conservarse legalmente hasta enero de 2028 (cinco años desde que se constató el incumplimiento).

Ahora supongamos que esa misma persona paga y regulariza la deuda en junio de 2024. A partir de esa fecha exacta de cancelación, el plazo de conservación pasa a ser de dos años: el dato podría conservarse hasta junio de 2026, en lugar de hasta enero de 2028. Pagar antes, en este ejemplo, adelantó casi año y medio la fecha en la que el dato debería dejar de conservarse.

Como en toda ilustración, los plazos exactos de cada caso real dependen de las fechas concretas de mora y de cancelación, y de cómo cada entidad o buró las compute.

Tu derecho a exigir la supresión del dato pasado el plazo

Una vez cumplido el plazo que corresponda (los cinco años, o los dos años desde la cancelación), la persona tiene derecho a exigir que ese dato negativo se suprima de los registros, tanto en la Central de Deudores del BCRA como en los burós privados que lo tengan almacenado. Este derecho de supresión está contemplado dentro del mismo marco de la Ley 25.326, y es exigible frente a quien administra la base de datos.

En la práctica, este trámite tiene sus propios pasos y requisitos según a quién se lo pidas. Si ya se cumplió el plazo y el dato sigue apareciendo, vale la pena conocer el procedimiento en detalle: cómo salir del Veraz: qué se puede y qué no repasa qué gestiones son legítimas y cuáles son promesas que ninguna vía legal puede cumplir.

Qué NO cambia estos plazos

Para cerrar, tres aclaraciones que evitan malentendidos frecuentes:

  • Pagar no acelera un borrado instantáneo. Sí acorta el plazo total (de 5 a 2 años), pero no elimina el dato el mismo día.
  • Una refinanciación o un crédito nuevo no "resetea" mágicamente el historial previo por sí solos. El tratamiento de esas situaciones tiene matices propios, que también se explican en el artículo sobre cómo salir del Veraz.
  • Ninguna gestión privada puede suprimir un dato antes de que se cumpla el plazo legal, salvo que el dato sea efectivamente erróneo o inexacto, en cuyo caso lo que corresponde es un pedido de rectificación, no de eliminación por plazo.

Para entender el panorama completo de cómo funciona tu historial en el sistema financiero, te puede servir repasar Veraz e historial crediticio: cómo funciona, y si estás evaluando tus opciones de crédito mientras resolvés una deuda pendiente, nuestra guía completa de préstamos personales es un buen punto de partida.

Preguntas frecuentes

¿Pagar mi deuda la borra al instante del Veraz? No. El dato sigue conservándose hasta dos años después de la fecha exacta de cancelación, aunque la deuda ya esté saldada.

¿Desde cuándo se cuentan los cinco años si nunca pagué la deuda? Desde la fecha de la última información adversa archivada que confirme que la deuda era exigible, no desde el día en que se originó el crédito.

¿Qué pasa si siempre pagué en fecha y nunca tuve mora? Esos datos de cumplimiento sin mora no tienen plazo de eliminación: se conservan como historial positivo de manera indefinida.

¿Puedo pedir que borren un dato antes de que se cumpla el plazo legal? En general no, salvo que el dato sea erróneo o inexacto. En ese caso corresponde un pedido de rectificación, que es un derecho distinto al de supresión por plazo cumplido.

¿El plazo es el mismo en la Central de Deudores del BCRA que en el buró privado? Sí. Ambos registros operan bajo el mismo marco de conservación de datos que fija la Ley 25.326, aunque cada uno administra su propia base.


Este artículo tiene fines educativos y no constituye asesoramiento financiero individual. prestamos-personales.com.ar es un espacio informativo independiente: no es una entidad financiera, no otorga préstamos ni gestiona operaciones crediticias.

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